- EL DEPÓSITO DE GARANTÍA EQUIVALE A UNO O DOS MESES DE ALQUILER
- EL CONTRATO DEBE INCLUIR CUÁLES SERVICIOS INCLUYE EL MONTO DE ALQUILER
Aunque alquilar una casa puede traer consigo numerosas ventajas, también puede convertirse en un verdadero dolor de cabeza tanto para el inquilino como para el propietario.El incumplimiento de los pagos mensuales o los aumentos injustificados en la tarifa de alquiler, son algunos de los problemas que pueden afectar a alguna de las dos partes, por lo tanto, estipular todos los detalles por medio de un contrato formal es fundamental.
El abogado Gonzalo Fajardo Lee recomienda incluir
de manera escrita cualquier acuerdo que se haya estipulado entre las partes y asegura que la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos funciona para velar por los intereses de ambos. “El inquilino tiene derechos, pero también obligaciones que se deben cumplir” añade.
Dentro de los aspectos más importantes que debe incluir el documento se encuentran:
- Las calidades (nombre, edad, estado civil, etc.) del inquilino y del propietario
- La inscripción de la propiedad en el Registro Nacional
- El destino que se le dará al inmueble, en este caso se debe especificar que su uso será residencial.
- El monto mensual del alquiler y su forma de pago (si será por mes vencido o por mes adelantado)
- Los aumentos que se realizaran de la tarifa
- Si existe un depósito de garantía y cuál es el monto
- El plazo del arrendamiento (que no puede ser menor a tres años)
- Los domicilios de las partes donde pueden recibir notificaciones
- La fecha del contrato
Asimismo se debe indicar por escrito quién tendrá a cargo el pago por los servicios públicos (agua, electricidad) y cuál será la moneda en que se cancelará el monto del alquiler.
Según la ley, el plazo mínimo de renta residencial es por tres años, sin embargo, en caso de que alguna de los dos partes incumpla lo estipulado en el contrato, este se puede dar por terminado “por ejemplo si hay un serio deterioro en la vivienda, si se da una expropiación del inmueble, o si el propietario incumple cualquiera de las cláusulas como el pago de los servicios”, afirma el especialista.
En este caso se debe notificar la finalización del alquiler con un plazo mínimo de 3 meses.
Fajardo recomienda a los propietarios de la vivienda que, antes de rentarla, investiguen al inquilino “es importante cerciorarse que la persona no tenga ordenes de desahucio en su historial”.
Por otra parte el experto en Derecho recomienda a los inquilinos que antes de alquilar se aseguren de que la vivienda se encuentra en buenas condiciones y no tenga gravámenes.
Uno de los respaldos más importantes para el propietario es el depósito de garantía que, aunque no es obligatorio, el abogado recomienda incluirlo siempre.
Se trata de un monto equivalente a uno o dos meses de alquiler que funciona como una medida de protección para el dueño de la casa y se hace efectivo en caso de que la vivienda sufra daños o deterioros que se deban reparar , o bien, que hayan pagos pendientes.
No obstante, si la vivienda se entrega en buen estado y no queda ninguna deuda, el propietario deberá reintegrar el dinero al inquilino.
“Lo más importante es establecer de manera clara todas las clausulas para que ambos se sientan tranquilos en el proceso de alquiler”, concluye.